Profesorado Superior de Lenguas Vivas
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Información General

Condiciones para cursar las asignaturas

Alumnos Regulares
El alumno regular debe cumplir con las exigencias fijadas por cada cátedra en el programa correspondiente en cuanto a: asistencia, prácticos y parciales, según se detalla a continuación.

  • Asistencia. El porcentaje será determinado, en cada espacio curricular, por el docente.

  • Prácticos. Aprobación del 80% del número total planificado por el profesor. Los prácticos no son recuperables.

  • Parciales. Se realizarán dos (2) exámenes parciales como mínimo en cada asignatura de régimen anual, y uno (1) como mínimo en cada asignatura de régimen cuatrimestral. Los alumnos deberán aprobar cada uno de ellos según el puntaje mínimo establecido en cada caso. Estas evaluaciones podrán ser escritas u orales según el criterio de cada profesor.

  • En caso de ausencia o aplazo en la evaluación, el profesor dará lugar a una recuperación para cada parcial.

Alumnos Libres
Se considerarán alumnos libres aquellos que no cumplan con las exigencias de regularidad de las cátedras.

  • No se podrán rendir en condición de libres aquellas asignaturas del plan de estudios que revistan el carácter de seminarios y/o talleres, ni las asignaturas de Práctica Educativa (Profesorados) ni Práctica en Empresas de Turismo (Tecnicatura).

  • La evaluación de los alumnos libres se realizará a través de un examen escrito y oral, ambos globalizadores y eliminatorios, de acuerdo con los programas analíticos completos y actualizados. A partir del turno de diciembre, el programa vigente es el correspondiente al año en curso.

  • El alumno libre deberá inscribirse para los exámenes finales en los mismos turnos establecidos para los regulares, menos en los extraordinarios.

  • Podrá rendirse una asignatura en condición de libre hasta un máximo de cuatro (4) veces, luego de lo cual, en caso de no haber aprobado, deberá recursar la misma.

Alumnos Oyentes
Se considerarán dos tipos de alumnos oyentes: los que revisten esta condición desde el principio de año por no tener las correlativas aprobadas, y los que quedan libres durante el período lectivo.

  • En el primer caso, se aceptarán en cada asignatura con el acuerdo expreso del docente y en tanto la cantidad de alumnos del curso lo permita. No se aceptarán estos alumnos en las asignaturas de Primer Año de todas las carreras ni en aquellas que posean carácter de seminarios y/o talleres, ni en las asignaturas de Práctica Educativa y Práctica Profesional.

  • En el segundo caso, es derecho del alumno continuar asistiendo como oyente cuando queda libre por no cumplir con el requisito de aprobación de prácticos y/o parciales.

 Exámenes

  • Los turnos ordinarios de exámenes son en: diciembre, febrero/marzo y julio.

  • Cada turno de exámenes tiene dos llamados. Se puede rendir una vez por turno. En caso de desaprobar en el primer llamado, no se puede rendir en el segundo, se debe esperar al turno siguiente.

  • Es obligatoria la inscripción en las fechas que se determinen institucionalmente para rendir los exámenes finales.

  • Para inscribirse se debe adquirir el bono de examen, completarlo y presentarlo al Preceptor correspondiente, quien debe firmar el talón que queda para el alumno. Este bono debe tenerse en mano al momento de rendir el examen. Cualquier situación problemática que se presente no será atendida sin este comprobante.

  • Para rendir alguna materia, en condición de regular o libre, el alumno deberá registrar inscripción al comienzo del período lectivo o del 2° cuatrimestre, en las fechas estipuladas a tal fin. Quedan exceptuados de esta exigencia quienes hayan terminado de cursar todas las asignaturas de la carrera.

  • Si, habiéndose inscripto para rendir una materia, el alumno no se hubiese presentado ni borrado con 48 hs. hábiles antes del examen (no se cuentan sábados, domingos, ni feriados), no podrá presentarse a rendir en el turno siguiente.

  • Al momento de presentarse a rendir debe hacerlo con su Libreta de Alumno. No se permitirá rendir a quienes no presenten este documento, que debe ser solicitado por lo menos 5 días hábiles antes del examen.

  • Los turnos extraordinarios son en: abril y setiembre. En estos turnos sólo pueden rendir alumnos regulares. Las situaciones de excepción deben ser consultadas con el Preceptor correspondiente. Para rendir en estos turnos deben presentar nota dirigida a la Rectora, solicitando la autorización pertinente. Una vez obtenida ésta, deben inscribirse para el examen. Sin cumplir este trámite no podrán rendir.

  • La condición de alumno regular dura dos años (7 turnos). Si el alumno fuera aplazado tres veces pierde la regularidad y debe rendir en condición de libre. Si el alumno se presenta en un turno extraordinario, éste será restado del total de 7 que dura la regularidad.

  • La condición de alumno promovido dura 4 turnos. Si el alumno no rinde en ese lapso o si es aplazado una vez, pierde la promoción de la materia y pasa a la condición de alumno regular (examen oral y escrito).

  • La solicitud de certificados y constancias debe hacerse con la debida antelación ante el preceptor correspondiente:

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