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Información General
Condiciones
para cursar las asignaturas
Alumnos Regulares
El alumno regular debe cumplir con las exigencias fijadas por cada
cátedra en el programa correspondiente en cuanto a: asistencia,
prácticos y parciales, según se detalla a continuación.
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Asistencia. El porcentaje será determinado, en cada espacio
curricular, por el docente.
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Prácticos. Aprobación del 80% del número total planificado por
el profesor. Los
prácticos no son recuperables.
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Parciales. Se realizarán dos (2) exámenes parciales como mínimo
en cada asignatura de régimen anual, y uno (1) como mínimo en
cada asignatura de régimen cuatrimestral. Los alumnos deberán
aprobar cada uno de ellos según el puntaje mínimo establecido en
cada caso. Estas evaluaciones podrán ser escritas u orales
según el criterio de cada profesor.
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En caso de ausencia o aplazo en la evaluación, el profesor dará
lugar a una recuperación para cada parcial.
Alumnos Libres
Se considerarán alumnos libres aquellos que no cumplan con las
exigencias de regularidad de las cátedras.
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No se podrán rendir en condición de libres aquellas asignaturas
del plan de estudios que revistan el carácter de seminarios y/o
talleres, ni las asignaturas de Práctica Educativa
(Profesorados) ni Práctica en Empresas de Turismo (Tecnicatura).
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La evaluación de los alumnos libres se realizará a través de un
examen escrito y oral, ambos globalizadores y eliminatorios, de
acuerdo con los programas analíticos completos y actualizados. A
partir del turno de diciembre, el programa vigente es el
correspondiente al año en curso.
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El alumno libre deberá inscribirse para los exámenes finales en
los mismos turnos establecidos para los regulares, menos en
los extraordinarios.
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Podrá rendirse una asignatura en condición de libre hasta un
máximo de cuatro (4) veces, luego de lo cual, en caso de no
haber aprobado, deberá recursar la misma.
Alumnos Oyentes
Se considerarán dos tipos de alumnos oyentes: los que revisten esta
condición desde el principio de año por no tener las correlativas
aprobadas, y los que quedan libres durante el período lectivo.
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En el primer caso, se aceptarán en cada asignatura con el
acuerdo expreso del docente y en tanto la cantidad de alumnos
del curso lo permita. No se aceptarán estos alumnos en las
asignaturas de Primer Año de todas las carreras ni en aquellas
que posean carácter de seminarios y/o talleres, ni en las
asignaturas de Práctica Educativa y Práctica Profesional.
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En el segundo caso, es derecho del alumno continuar asistiendo
como oyente cuando queda libre por no cumplir con el requisito
de aprobación de prácticos y/o parciales.
Exámenes
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Los turnos ordinarios de exámenes son en: diciembre,
febrero/marzo y julio.
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Cada turno de exámenes tiene dos llamados. Se puede rendir una
vez por turno. En caso de desaprobar en el primer llamado, no se
puede rendir en el segundo, se debe esperar al turno siguiente.
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Es obligatoria la inscripción en las fechas que se determinen
institucionalmente para rendir los exámenes finales.
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Para inscribirse se debe adquirir el bono de examen, completarlo
y presentarlo al Preceptor correspondiente, quien debe firmar el
talón que queda para el alumno. Este bono debe tenerse en mano
al momento de rendir el examen. Cualquier situación problemática
que se presente no será atendida sin este comprobante.
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Para rendir alguna materia, en condición de regular o libre, el
alumno deberá registrar inscripción al comienzo del período
lectivo o del 2° cuatrimestre, en las fechas estipuladas a tal
fin. Quedan exceptuados de esta exigencia quienes hayan
terminado de cursar todas las asignaturas de la carrera.
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Si, habiéndose inscripto para rendir una materia, el alumno no
se hubiese presentado ni borrado con 48 hs. hábiles antes del
examen (no se cuentan sábados, domingos, ni feriados), no podrá
presentarse a rendir en el turno siguiente.
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Al momento de presentarse a rendir debe hacerlo con su Libreta
de Alumno. No se permitirá rendir a quienes no presenten este
documento, que debe ser solicitado por lo menos 5 días hábiles
antes del examen.
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Los turnos extraordinarios son en: abril y setiembre. En estos
turnos sólo pueden rendir alumnos regulares. Las situaciones de
excepción deben ser consultadas con el Preceptor
correspondiente. Para rendir en estos turnos deben presentar
nota dirigida a la Rectora, solicitando la autorización
pertinente. Una vez obtenida ésta, deben inscribirse para el
examen. Sin cumplir este trámite no podrán rendir.
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La condición de alumno regular dura dos años (7 turnos). Si el
alumno fuera aplazado tres veces pierde la regularidad y debe
rendir en condición de libre. Si el alumno se presenta en un
turno extraordinario, éste será restado del total de 7 que dura
la regularidad.
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La condición de alumno promovido dura 4 turnos. Si el alumno no
rinde en ese lapso o si es aplazado una vez, pierde la promoción
de la materia y pasa a la condición de alumno regular (examen
oral y escrito).
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La solicitud de certificados y constancias debe hacerse con la
debida antelación ante el preceptor correspondiente:
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